jueves, 7 de octubre de 2010

GUÍA DE ESTUDIO NO.4

GUÍA DE ESTUDIO NO.4 Ley No.62-00 del Ejercicio Profesional de la Ing., la Arq. y la Agrim.

1. Cuáles son los 3 documentos legales que rigen el ejercicio profesional (EP) de los I-A-A en la RD?

Se regirán por las prescripciones de la ley 62-00, el reglamento interno estatutario y las normas de ética profesional del Colegio Dominicano de Ingenieros, Arquitectos y Agrimensores.

2. Y cuáles los 3 requisitos para poder ejercer legalmente dichas profesiones en el país?

Posesión del exequátur expedido por el poder ejecutivo

Título expedido por la Universidad

Colegiatura del CODIA.

3. Cuáles instituciones definen el campo del EP de los IAA y cuál los avala o certifica legalmente?

La UASD o cualquier Universidad extranjera para casos de maestría y doctorado en las áreas de I-A-A, todas las Universidades instituidas por la ley.

Entidad que los avala Secretaria de Estado de Educación, Ciencia y Tecnología.

4. A quiénes, además de los IAA que cumplen con los requisitos anteriores, les está permitido, condicionalmente, la ostentación del título académico de I-A o A?

A los dominicanos graduados en el extranjero sin llenar el requisito de reválida, siempre y cuando no ofrezcan sus servicios profesionales. Asimismo como extranjeros de tránsito en el país podrán hacer uso de sus títulos académicos, pero tan pronto legalicen su residencia en el territorio nacional, tendrán que someterse a los reglamentos de la ley 62-00. Y tener que homologar el titulo.

5. Y a cuáles se les exceptúa de los requisitos de colegiatura y revalidación del título?

A los profesionales graduados en el exterior contratados por instituciones o empresas para prestar servicios específicos por tiempo determinado, siempre que la necesidad de ello sea suficientemente comprobada ante el CODIA, con vista a lo cual se expedirá la autorización correspondiente.

Respuestas complementarias en el curso: Extranjeros graduados en el exterior, los cuales deben venir con fines de trabajo contratados por una empresa registrada en el codia, sino, su practica es ilegal y será sujeto al la ley o deportado del país. Este no esta autorizado a ejercer para labores locales ni a firmar documentos de tramitación con fines de ejecución, pero pueden convalidar su título en una universidad local autorizada y entonces pasar a obtener el exequátur y colegiatura.

a los profesionales extranjeros graduados en el exterior les está impuesta la condición de venir con fines de trabajo contratados por una empresa y la empresa debe registrarlo en el codia. Todo profesional que haga lo contrario actúa de forma ilegal.

Ostentar el título es distinto a ejercer la profesión. Con solo ostentar el título no se autoriza a firmar ningún plano que vaya a ser tramitado por alguna institución pública, al igual que no puede ejercer la profesión, es decir, ejecutar obras, remodelaciones, etc.

Para adquirir la categoría tiene que convalidar sus títulos en una universidad reconocida y que ese título sea avalado por el ministerio de educación superior, ciencia y tecnoligía, y seguir con el procedimiento tradicional para adquirir la colegiatura en el CODIA.

6. A qué se llama Usurpación de Título?

Se considera usurpación de títulos a que se refiere la ley 62-00, el empleo por personas que no los tengan, de términos, leyendas, insignias, dibujos y además expresiones de las cuales pueda inferirse la idea del ejercicio profesional.

Respuestas complementarias en el aula: Se le llama usurpación de títulos a mostrar cuestiones, insignias, dibujos, etc. en documentos a tramitación con fines de ejecución, que sean propios de profesiones IAA, de manera que cualquier individuo se hace llamar profesional a través de estas herramientas, violando así la ley.

Es cuando se utilizan elementos que son propios del profesional, sin poseer el titulo, cuando son propios del profesional, de la profesión.

7. Qué se entiende por Ejercicio Profesional?

Cualquier actividad que sean propias de las profesiones a que se contrae la ley 62-00, según se determine reglamentariamente.

Es el conjunto de actividades para las cuales se capacitan en las universidades y este de acuerda a la ley.

8. Que es “ejercicio ilegal?

Las actividades que realizan personas que sin poseer títulos respectivos se ocupen de realizar actos o presten servicios públicos o privados que la presente ley reserva a los profesionales.

Respuesta complementaria en el curso: Es la practica o la realización de actividades que son propias de nuestras profesiones sin llenar los requisitos legales para ser considerado como tal.

Es la practica o la realización de las actividades que son propias de nuestras profesiones que se contrae la ley NO.62-00 según se determina reglamentariamente.

9. Cuáles son los 5 casos de ejercicio ilegal contemplados por la ley 62-00?

· Personas sin poseer título realizan actos o presten servicios de arquitectura, ingeniería, y agrimensura públicos o privados.

· Los titulares que sin haberse inscrito al CODIA o sin haber sido autorizado se anuncien como tales.

· Los titulares colegiados que ejerzan durante el tiempo por el cual sean suspendidos.

· Los funcionarios y empleados públicos y los profesionales colegiados denunciaran ante el CODIA todo caso de ejercicio ilegalmente.

· Colegiados que amparen a personas que trabajan ilegalmente.

Excesos de limites señalados en contratos. Ejercicio ilegal. Se refiere al tiempo en el que fue contratado en el CODIA.

10. Cómo se define el Derecho de Autor para los I-A-A conforme el Art.11. de la ley 62-00?

Los documentos técnicos tales como los anteproyectos, planos, mapas, cálculos, croquis, minutas, dibujos, informes o escritos, son propiedad del profesional autor de ellos. Por consiguiente, ninguna persona natural o jurídica podrá hacer uso de los mismos sin consentimiento escrito del autor, salvo estipulación o acuerdo en contrario.

11. Cuál requisito exige esta ley para que los documentos técnicos elaborados por los IAA puedan ser tramitados por las instituciones públicas con fines de ser ejecutados?

Deberá de llevar la firma de su autor profesional o de la respectiva especialidad, con el numero de inscripción de este en el CODIA.

12. Cuáles son los 2 únicos casos en que la ley permite que los I-A-A puedan autorizar con su firma anteproyectos, planos, cálculos, croquis, dibujos, etc.,?

Cuando los documentos hayan sido elaborados por la misma persona. O bajo su inmediata dirección.

13. Cuál sanción le cabe a un I, A o A que encubra actividades de empresas o personas que actúen de manera ilegal en asuntos propios de la IAA?

Serán suspendidos hasta por 5 años del Ejercicio Profesional.

14. Resuma las penas que se aplican por la usurpación de título, ejercicio ilegal o reincidencia.

a) Multa de cien pesos oro (RD$100.00) a mil pesos oro (RD$1,000.00) o prisión correccional de diez días a tres meses, o ambas penas a la vez, a quienes no siendo titulares incurran en el ejercicio ilegal.

b) Multa de cien pesos oro (RD$100.00) a mil pesos oro (RD$1,000.00) o prisión correccional de diez días a tres meses, o ambas penas a la vez, a los titulares que incurran en el ejercicio ilegal.

c) Suspensión del ejercicio hasta por cinco (5) años a los profesionales Colegiados que reincidan en las infracciones del inciso (d) del artículo 20.

d) Multa de cincuenta pesos oro (RD$50.00) a trescientos pesos oro (RD$300.00) a las sociedades de ingenieros, arquitectos o agrimensores que incorporen bajo esa denominación personas que no lo sean. Del pago de esta multa está solidariamente responsable cualquiera de los miembros de la sociedad; y

e) Multa trescientos pesos oro (RD$300.00) a tres mil pesos oro (RD$3,000.00) a las empresas que no cumplan con las disposiciones de los artículos 12, 13, 14 y 15, relativas a construcciones, instalaciones y trabajos. Del pago de esta multa será responsable el Administrador, Gerentes o Representantes de la Empresa.

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